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Video presentación del 9º Congreso de CCOO-A
La definición de Israel como un Estado de apartheid comienza a extenderse internacional e imparablemente. En 2009 académicos palestinos y sudafricanos publicaron un exhaustivo informe que determinaba que Israel estaba cometiendo el crimen de apartheid. El Tribunal Russell sobre Palestina, con la participación del magistrado emérito del Tribunal Supremo español, José Antonio Martín Pallín, dictaminó en 2010 que Israel ejerce un apartheid sistemático. También dos ex relatores especiales de la ONU sobre derechos humanos en Palestina llegaron a la misma conclusión: en 2007, John Dugard determinó que Israel comete colonialismo y apartheid. En 2017, Richard Falk y la Comisión ESCWA de la ONU concluyeron que Israel ha establecido un régimen de apartheid que oprime y domina al pueblo palestino en su conjunto. Ante el escándalo por el informe, Israel y Estados Unidos presionaron al secretario general de la ONU, Antonio Guterres, y consiguieron eliminar el texto de la página web de la ONU.
A principios de 2021, B'Tselem, una organización israelí muy prestigiosa en la vigilancia de los derechos humanos, publicó un informe que concluye que Israel es un Estado de apartheid en una única entidad política entre el río Jordán y el mar Mediterráneo. Además, al reconocer que la antigua Palestina histórica en su conjunto es una única entidad geopolítica gobernada por Tel Aviv, ha puesto en evidencia el fraude de la retórica de la "solución de los dos Estados", "mesa de negociación", etc. que no ayudan al diagnóstico ni a la solución de lo que está ocurriendo. Es muy significativo que la Confederación Sindical de CCOO haya asumido la importancia y gravedad de lo que indica el informe de B'tselem, recogiendo la noticia en su web de CCOO junto con la versión traducida del documento. Recientemente, la ONG Human Rights Watch se ha sumado a la definición de Israel como régimen de apartheid.
Vídeo PM CCOO ON
Marta Álvarez Guil (Presidenta)ProductosRopa, calzado, accesorios, ropa de cama, muebles, joyería, productos de belleza y artículos para el hogarIngresos 15.783 millones de euros (2018)[1]Beneficio neto 258 millones de euros (2018)[1]Número de empleados 90.004 (2018)[1]FilialesPágina webelcorteingles.com (Internacional)
El Corte Inglés S.A. (pronunciación en español: [el ˈkoɾtejŋˈɡles]),[a] con sede en Madrid,[2] es el mayor grupo de grandes almacenes de Europa y ocupa el tercer lugar a nivel mundial.[3][4] Su principal fuente de ventas son los grandes almacenes, seguidos de las ventas por internet. Es una empresa familiar, con la mayoría del accionariado en manos de familiares de los empresarios fallecidos Ramón Areces Rodríguez y César Rodríguez González (1882-1966), y de la fundación Ramón Areces[5].
El Corte Inglés es la única cadena de grandes almacenes que queda en España y Portugal. El Corte Inglés es miembro de la Asociación Internacional de Grandes Almacenes desde 1998[6][7] Las tiendas suelen ser muy grandes y ofrecen una amplia gama de productos: música, películas, electrónica portátil y doméstica, muebles, ferretería, libros, ropa, comestibles, comida gourmet, coches e inmuebles.
25 aniversario ccoo madrid (1976/2001)
Las condiciones de trabajo varían en los distintos sectores de actividad. En España, CCOO y UGT han acordado con la Confederación de Empresarios un marco general que facilita el diálogo y la negociación en los distintos sectores. A continuación indicaré el enfoque de las políticas de CCOO en algunos sectores, no en todos, para no alargar este artículo:
Hostelería y Turismo: estos sectores apenas se están viendo afectados por la pandemia. El sistema ERTES está permitiendo mantener el empleo, pero los riesgos para el futuro son enormes. El principal objetivo de CCOO es mantener el empleo cuando acabe la pandemia, además de proteger la salud de los trabajadores. La Federación de CCOO está negociando convenios específicos con las principales empresas hoteleras, así como con organizaciones empresariales de regiones turísticas. La digitalización es un aspecto esencial para el futuro del sector turístico en algunas actividades, por lo que estamos trabajando intensamente para regularla en los convenios colectivos del sector. El gran número de pequeñas empresas que tiene el sector de bares y restaurantes dificulta mucho el trabajo de los sindicatos, pero en varias regiones hemos llegado a acuerdos con la Administración de Empleo para supervisar los protocolos y las condiciones de trabajo y evitar contagios.
Intervención de Elena Albert en "Encuentro del Activo Sindical
La Audiencia Nacional establece que exigir a los trabajadores que faciliten su dirección de correo electrónico personal al empresario constituye una vulneración del principio de minimización de datos, y que la empresa deberá facilitar a los trabajadores un correo electrónico corporativo si disponer de una dirección de correo electrónico es necesario para los trabajadores.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional española tramitó un recurso de un caso en el que un sindicato demandó a una empresa por no facilitar a sus trabajadores un correo electrónico corporativo y pedir en su lugar un correo electrónico personal (entre otras cosas).
A raíz de esto, el sindicato también había pedido a la empresa que le facilitara la lista de dichos correos electrónicos para poder comunicarse con los trabajadores. La empresa respondió que no facilitaría los correos electrónicos de los trabajadores sin su consentimiento.
En este sentido, además, la ley que regula el trabajo a distancia, aprobada en 2020, establece que, en todo caso, las empresas estarán obligadas a facilitar los medios, equipos, herramientas y consumibles necesarios para el desarrollo del trabajo a distancia.
Además, el Tribunal destaca que la jurisprudencia del Tribunal ya ha establecido que exigir a los trabajadores que faciliten su correo electrónico o teléfono personales supone una vulneración del GDPR, ya que, en caso de que fueran necesarios para el desarrollo de la actividad de los trabajadores, deberían por tanto ser facilitados por la empresa.